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ESTAMOS CON LA FAMILIA Y LOS MAYORES

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Defensor del usuario de residencias

En Más Mayor Legal ayudamos a las familias a cuidar de los que más quieren y por ello les ofrecemos asesoramiento jurídico integral. Uno de los momentos más duros se presentan cuando surge la necesidad de llevar a una residencia a uno de nuestros mayores.

El ingreso en una residencia no supone la pérdida de ninguno de los derechos que como personas tenemos todos. Las leyes reconocen unos derechos específicos a las personas que viven en residencias. A continuación exponemos los derechos de los usuarios de residencias, las obligaciones de las residencias y un decálogo de las buenas prácticas de las residencias.

Estos derechos y obligaciones se tienen que reflejar en el contrato asistencial que suscribimos con la residencia. Si deseas más información sobre el servicio de Defensor del usuario de residencias en Madrid, no dudes en contactar con nosotros.

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10 BUENAS PRÁCTICAS

1. Tener ambientes adaptados que permitan el confort y bienestar del usuario. Personalizar y hacer de la habitación un espacio propio.

2. Mantener una coordinación integrada entre la persona usuaria, la familia y el equipo profesional en el Plan de atención.

3. Fomentar el uso limitado y racional adaptado a circunstancias excepcionales de las contenciones físicas y farmacológicas.

4. Promover la accesibilidad evitando barreras que dificulten la participación e integración social del usuario.

5. Potenciar en la medida de lo posible la autonomía del usuario

6. Disponer de procedimientos de control y evaluación de los procesos y actividades en función de sus objetivos.

7. Fomentar el bienestar emocional y las relaciones personales con otros residentes, amigos y familiares.

8. Informar sobre sus derechos a los usuarios para que se ejerzan y respeten

9. Prevenir la dependencia promoviendo actividades de independencia funcional, adaptando en cuanto sea posible la medicación para que no le dificulte las actividades

10. Apoyar al usuario en el momento del ingreso para su plena y correcta integración y adaptación al centro y sus actividades.

TUS 10 PRINCIPALES DERECHOS COMO USUARIO

1. Derecho a un espacio privado permitiéndole cerrar con llave, excepto en el caso de personas con demencia.

2. Derecho a que se respeten los deseos y preferencias siempre que sea posible, teniendo en cuenta factores étnicos, religiosos y culturales.

3. Derecho a que se Respete su libertad de elección sobre las cuestiones relacionadas con su estilo de vida particularmente referidas a la administración de su economía, medicación, o realización de actividades.

4. Derecho a estar informados sobre las normas de la residencia y su estado de salud.

5. Derecho a formalizar un contrato por escrito con términos y condiciones de los servicios de la residencia y disponer de un procedimiento de reclamación por escrito.

6. Derecho a recibir servicios sanitarios, sociales, de rehabilitación y ocio.

7. Derecho a realizar actividades para mejorar su calidad de vida apoyando y estimulando sus capacidades físicas, intelectuales y sociales.

8. Derecho a la confidencialidad de las fichas personales de los usuarios y tratamientos médicos.

9. Derecho a participar en actividades sociales, religiosas y comunitarias fuera de la residencia.

10. Derecho a compartir habitación con su pareja siempre que las instalaciones lo permitan

10 PRINCIPALES OBLIGACIONES DE LAS RESIDENCIAS

1. La residencia se responsabilizará de los bienes declarados y confiados en depósito de forma gratuita en su caja fuerte

2. Informar y asesorar en las tramitaciones y prestar ayuda para la convivencia por el personal de la Unidad de Apoyo Personal y Social.

3. En caso de fallecimiento de un residente, el personal del centro recogerá sus enseres , custodiándolos en lugar habilitado al efecto, archivando en su expediente personal el acta del inventario de sus bienes.

4. Facilitar a los residentes la información y la participación en las actividades socio-culturales y recreativas tanto externas como internas.Fomentándose a este fin la auto-organización de los residentes.

5. La Dirección del centro pondrá en conocimiento del Ministerio Fiscal la existensia de residentes presuntamente incapaces que carezcan de familiares, o si éstos no ejercen las facultades de protección que les corresponden.

6. Facilitar a los residentes libros, revistas, periódicos, material audiovisual, juegos de mesa y deportivos, etc y demás medios para la ocupación activa del tiempo libre

7. El personal sanitario prestará servicio al residente, de acuerdo a las normas y horarios fijados.

8. Controlar la salud de los residentes con revisiones periódicas y actualizar sus expedientes médicos y de enfermería.

9. Practicar el reconocimiento médico al residente manteniendo actualizado su historial médico incluído en el expediente de Ingreso.

10. Fomentar la normalización, entendida como el desarrollo de un estilo de vida similar al del entorno de referencia

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