Internamiento Involuntario: Una medida de protección necesaria
¿Qué puedo hacer si mis parientes cercanos ya no pueden vivir solos y no quieren ayuda?
Muchas familias nos llaman porque se sienten desbordadas. Tienen a su madre o padre con un deterioro cognitivo importante, viviendo solos, sin aceptar ayuda, sin querer ir al médico y, en ocasiones, sin abrir la puerta a sus propios hijos. Esta situación es angustiosa y genera una gran impotencia a sus familiares y cuidadores.
La primera duda que suele surgir es si hay que solicitar una curatela. Pero en estos casos extremos, la curatela no sirve. Lo que realmente se necesita es una medidas de protección rápida y eficaz para evitar situaciones de riesgo, dicha medidas es lo que se denomina “internamiento involuntario” (conocido popularmente como ingreso involuntario), una medida legal que debe autorizar un juez.
¿Qué es el internamiento involuntario o ingreso involuntario?
Es una medida que permite ingresar a una persona en una residencia o centro médico, aunque no quiera hacerlo, cuando su estado mental o físico supone un riesgo grave para sí misma o para otras personas, o cuando necesita un tratamiento urgente que no está en condiciones de rechazar por su deterioro. Este ingreso involuntario debe estar siempre justificado por razones médicas o sociales graves.
No se trata de quitarle derechos a nadie, sino de proteger a quien ya no puede tomar decisiones por sí mismo y necesita cuidados urgentes. Esta medida está regulada en el artículo 763 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
¿Cuándo se puede pedir?
El ingreso involuntario se puede solicitar cuando, por ejemplo:
- Una persona con demencia o trastorno mental grave, no se cuida, no come, se desorienta, y vive sola.
- Se pone en peligro a sí misma (deja fuegos encendidos, sale descalza a la calle, no toma la medicación).
- Tiene episodios de agresividad o confusión, y rechaza la ayuda médica o familiar.
- Necesita un tratamiento que no puede rechazar porque ya no comprende la situación.
¿Quién puede pedirlo?
Pueden hacerlo los familiares, los trabajadores sociales, el Ministerio Fiscal o el personal sanitario. Lo más importante es tener:
- Un informe médico que explique la situación.
- Un informe social que describa las condiciones de vida y el riesgo.
- Y una plaza disponible en un centro adecuado. Sin un lugar donde la persona en situación de discapacidad y riesgo, pueda ser atendida, el juez no podrá autorizar el ingreso, por lo que es fundamental tener concertada la plaza.
¿Cómo es el procedimiento?
Antes de iniciar cualquier actuación, es importante conocer el protocolo ingreso involuntario, que establece cómo debe actuarse legalmente en función del nivel de urgencia. Puede hacerse por dos vías:
Si la situación es urgente:
Se puede ingresar a la persona inmediatamente en un centro por orden médica. Una vez en el centro, el director debe comunicarlo al juzgado en menos de 24 horas. El juez revisará el caso, hablará con el afectado y con un médico forense, y decidirá si ratifica que siga internado. Tiene un plazo de 72 horas para hacerlo.
Si no es urgente:
Se prepara toda la documentación y se presenta una solicitud al juzgado. El juez pedirá un informe forense, escuchará a la persona afectada y a su familia, y decidirá si autoriza el internamiento.
¿Y después qué ocurre?
El internamiento no es indefinido. Según el protocolo ingreso involuntario, cada seis meses (o antes, si el juez lo indica), el centro debe enviar un informe al juzgado. Si los médicos consideran que ya no es necesario, pueden dar el alta y lo comunicarán al juez para que valore si debe cesar la medida.
¿Y cómo os podemos ayudar desde Más Mayor Legal?
En Más Mayor Legal entendemos que tomar esta decisión no es fácil. Por eso, asesoramos y acompañamos a las familias desde el primer momento:
- Os explicamos claramente qué pasos hay que seguir.
- Os guiamos en la búsqueda de un centro adecuado.
- Tramitamos la solicitud judicial mediante y os representamos ante el juez.
Todo el proceso se hace con sensibilidad, cercanía y profesionalidad. Sabemos que no es solo un trámite: es una decisión difícil, humana y necesaria. No estáis solos. Estamos para ayudaros